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Hispanic American Center for Economic Research


 


UNA BOMBA DE HUMO

Por Ricardo M. Rojas

Las demandas a la industria del tabaco han producido, en las últimas décadas, una de las más significativas alteraciones a dos principios generales que rigen la responsabilidad por daños: aquél según el cuál no hay responsabilidad a menos que se demuestre la relación causal entre la conducta del demandado y el perjuicio que se invoca, y aquél que indica que no es posible demandar por un perjuicio que se origina en los propios actos voluntarios del demandante.
No obstante estos principios sostenidos como la base de un procedimiento judicial tendiente a respetar y proteger los derechos individuales, desde hace años se han venido haciendo lugar -especialmente en los Estados Unidos- a demandas de fumadores o ex fumadores contra las empresas tabacaleras, a pesar de que en muchos de esos casos ni siquiera se ha indagado sobre la relación causal entre el tabaco consumido y los problemas de salud concretos del demandante; y tampoco se ha ponderado que en la mayoría de los casos, los fumadores contaban con toda la información necesaria sobre las consecuencias de consumir tabaco, y sin embargo voluntariamente decidieron hacerlo, o continuaron haciéndolo no obstante comenzar a padecer los efectos nocivos del consumo.
Detrás de este apartamiento de los principios generales del derecho, se puede advertir un postulado que, si bien no es invocado explícitamente en las sentencias, se desprende del modo en que ha evolucionado este proceso de años: ese postulado -profundamente inmoral- indica que se justifica apartarse de lo que es justo en estos casos, porque las empresas tabacaleras son lo suficientemente ricas y poderosas como para hacer frente a las demandas. Lo que parece no advertirse es que, una vez que los principios se alteran, podrán ser invocados bajo cualquier otra circunstancia, y por este camino el derecho puede convertirse en una caprichosa puja por obtener privilegios y ventajas no legítimas, a expensa de los legítimos derechos ajenos.
Tal vez el punto culminante de estos horrores judiciales, haya sido la demanda de los estados americanos contra las empresas tabacaleras como consecuencia de los mayores gastos en salud pública que se habrían producido por la necesidad de atender a los fumadores. Estas demandas no se hicieron cargo de rebatir muchos hechos concretos: que la venta de tabaco es una industria lícita, al punto de que se pagan cifras millonarias anualmente en concepto de impuestos y cargas especiales, que deberían alcanzarle a los gobiernos para cubrir todos sus eventuales gastos de salud; que el argumento de los estados llevaría a un descalabro tal, que podría demandar del mismo modo a las empresas automotrices por los mayores gastos de salud como consecuencia de los accidentes de tránsito, o a las empresas de armas por las consecuencias de los accidentes producidos con armas de fuego, a las empresas de bebidas alcohólicas, de pirotecnia, etc., y por este sendero, a eliminar completamente la responsabilidad individual por las consecuencias de los actos propios, y convertir a cada empresa en un tutor de sus potenciales consumidores.
Después de que las empresas tabacaleras pagaron cifras astronómicas a los estados norteamericanos para evitar las demandas -en buena parte de ese dinero terminó en manos de letrados, peritos e intermediarios-, los abogados descubrieron una nueva estrategia para continuar quitándole dinero a lo que consideran una fuente inagotable de recursos: imaginaron que invocando el mismo agravio a la "salud pública", podían iniciar demandas en nombre de cualquier país, estado o provincia con autonomía financiera.
Pero como evidentemente no es lo mismo demandar en un país con un sistema judicial deteriorado a subsidiarias de empresas tabacaleras sin un poder económico trascendente para responder, se les ocurrió demandar directamente a las casas matrices en Estados Unidos, ante los tribunales norteamericanos, en nombre de los mayores gastos en salud que en cada país, estado o municipio se debieron hacer, a lo largo del mundo, como consecuencia del consumo de tabaco.
La rapidez con la que estos abogados consiguieron obtener la representación de países o provincias de todo el mundo, demuestra la falta de escrúpulos o la ignorancia de muchos gobernantes, que esperan obtener ganancias millonarias sobre la base de una demanda esencialmente inmoral.
Hipnotizados por las cifras por las que los abogados querían demandar, muchos gobiernos no dudaron en otorgar poderes a estudios norteamericanos en forma directa, alterando los mecanismos legales que en cada país rigen este tipo de contratación; aceptaron la irrenunciabilidad de esos poderes y otras cláusulas que en el futuro pueden rebotar como un boomerang, haciendo que lo que prometía ser un excelente negocio, pueda llegar a convertirse en una pérdida ilevantable para muchas economías ya de por sí empobrecidas.
En el caso concreto de Argentina, la organización política federal permitió que varias provincias hayan caído en este juego macabro, y los gobernantes de otras lo estén pensando seriamente. Se están dictando decretos que autorizan a los Procuradores Generales a contratar directamente con estos estudios norteamericanos, y se invoca como excusa el hecho de que según los poderes, los abogados sólo cobrarán honorarios profesionales en caso de ganar los juicios.

Sin embargo, se me ocurren por lo menos puntos que podrían convertir a esta decisión poco razonada en una bomba de tiempo:

1.. Según los contratos, los abogados pueden abandonar el caso cuando consideren que el gobierno no les proporcionen la información necesaria. En este sentido, es muy probable que las defensas ofrecidas por las empresas tabacaleras obliguen a los gobiernos a entregar información sobre gastos concretos de salud que dichos gobiernos no estén en condiciones de entregar, lo que podría llevar a perder la demanda, y autorizar a los abogados a cobrar honorarios.

2.. Independientemente de los honorarios de los abogados, existen muchos gastos que cada gobierno deberá hacer. Por caso, la extracción de millones de fotocopias, la habilitación de todos sus archivos, los honorarios de los muchísimos peritos que ambas partes ofrecerán seguramente, los gastos de viaje y hospedaje en Estados Unidos de muchos funcionarios actuales y del pasado que seguramente serán citados por la demandada para que declaren como testigos. Esto último acarrería el riesgo adicional de que, al no poder contestar las preguntas que se les formularán, debido al caos administrativo propio de muchos gobiernos provinciales, más de un funcionario pueda quedar procesado por falso testimonio por su reticencia, e incluso detenido en Estados Unidos.
No son claros los motivos concretos por los cuáles cada provincia ha decidido hacer las cosas de este modo. No es descartable un condimento de corrupción, pues las cifras que se manejan son muy altas, y fundamentalmente la ambición que lleva a los funcionarios al punto de intentar obtener beneficios por medios que aparecen a todas luces como ilegítimos.
Lo cierto es que las ya de por sí empobrecidas economías de las provincias argentinas, al igual que las de varios países de todo el mundo, corren un serio riesgo de que lo que se ofrece como un excelente negocio económico a expensas de empresas muy ricas, termine convirtiéndose en una bomba que explote en sus manos. Los resultados que se están produciendo en los primeros juicios vinculados con este tema, parecen indicar que, como es razonable, los gobiernos no podrán ganar. Como siempre, no serán los funcionarios que firmaron los acuerdos y otorgaron los poderes quienes paguen por ello, sino los contribuyentes.

Dr. Ricardo Manuel Rojas Miembro del Consejo Directivo de ESEADE

 

 

 
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